Las 63.500 pesetas de las monjas clarisas de Belalcázar que el General Queipo de Llano se adueñó para el bando nacional y que hoy podrían tener un valor de 5,5 millones de euros. Una investigación de la asociación cultural Turdulia da con los documentos que atestiguan qué ocurrió con los títulos de deuda incautados a las monjas durante la Guerra Civil y que nunca cobraron.
La riqueza del convento de Santa Clara de la Columna de Belalcázar es incuestionable, tanto a nivel artístico como patrimonial, pero tras la Guerra Civil, las monjas de clausura de este histórico convento ubicado en el norte de la provincia de Córdoba pasaron muchas penurias por la pobreza a la que se vieron expuestas según los diversos testimonios de la época. Pero, ¿por qué ocurrió eso? ¿Cómo perdieron su capital?
Una importante labor de investigación desarrollada por la asociación cultural Turdulia junto con el historiador e investigador sevillano José Carlos Martínez Gálvez, desvela ahora unos documentos nunca antes publicados que atestiguan que las monjas poseían al inicio de la contienda 207.600 pesetas en títulos de deuda perpetua española adquiridos en 1912, lo que, en valor actual, equivaldría aproximadamente a 1 millón de euros –considerando la inflación ocurrida desde entonces y sin contar los intereses que hubieran generado–. Para entender mejor la significancia de la cuantía en términos relativos actuales, es decir, el potencial poder adquisitivo que este capital supondría ahora, sería equivalente a poseer hoy en día una riqueza de unos 22 millones de euros –considerando la evolución del PIB nacional en estos 112 años transcurridos– (datos obtenidos de www.measuringworth.com).
¿Cómo consiguió la comunidad atesorar tan ingente capital? ¿En qué momento desapareció este dinero convirtiendo de la noche a la mañana en pobres a las hermanas? ¿Cómo acabaron algunos de estos títulos en manos del General Queipo de Llano financiando al bando nacional durante la Guerra Civil? ¿Mantiene el Estado hoy en día una deuda histórica pendiente de liquidar con la Comunidad que podría llegar a alcanzar los 5,5 millones de euros? Conozcámoslo en detalle y de forma cronológica.
La venta de patrimonio: el origen de los fondos para comprar deuda pública
La concienzuda investigación realizada por la asociación cultural Turdulia ha dado, no solo con los documentos oficiales que otorgan la titularidad de dicha deuda pública a la comunidad clarisa de Belalcázar, sino también con el origen de los fondos para adquirir los mismos.
Y es que, el 18 de agosto del año 1912, la comunidad de religiosas del –por entonces llamado– convento de Jesús de la Columna de Belalcázar, solicitó al Obispo de la Diócesis de Córdoba autorización para enajenar parte de los bienes que poseían, tal y como muestra el expediente ahora recuperado y que, en el presente artículo, sacamos a la luz.
Fuente: Archivo Diocesano de Córdoba
Fue la madre abadesa del convento, Sor Francisca de la Cruz de Medina, quien, a través de una misiva enviada al Sr. Obispo, expone que: "poseyendo esta Comunidad varios objetos innecesarios y bastante deteriorados [...] y habiéndosele presentado ocasión de venderlos ventajosamente, desearía verificarlo a fin de que se no se acaben de inutilizar y poder con su producto atender a sus necesidades". Asimismo, apunta que para realizar una adecuada valoración de dichos bienes según el mercado de antigüedades existente en el país, se había acudido al notable Ángel Delgado Delgado, quien, además de reconocido arqueólogo, por aquellos años ocupaba el cargo de alcalde de la localidad: "y para proceder con el mayor acierto posible se ha consultado sobre el mérito y valor de los mismos al Sr. Don Ángel Delgado, persona entendida en dichos asuntos y cuyo dictamen al final se inserta".
Así, se relacionan en su escrito un total de once categorías de objetos, junto con las cantidades ofrecidas por cada uno de ellos, entre las que destacan: un palio encarnado con cenefas e imágenes valorado en 400 pesetas, cuatro cortinas de seda y lama de plata por 400 pesetas, dos velos de cubrir imágenes destrozados por 250 pesetas o un paño de hombros bordado en sedas por 150 pesetas. En total, se relacionan bienes para enajenar por 1.680 pesetas.
Como respuesta a esta misiva, el 22 de agosto de 1912, el Muy Ilustre Señor Gobernador del Obispado de Córdoba envía una instancia al Señor Cura Párroco de Belalcázar para que se persone en el Convento de Jesús de la Columna, reúna capitularmente a toda la Comunidad y dé cuenta de la solicitud realizada, solicitando que expresen en voto secreto su real voluntad de enajenar estos bienes. Dicha votación se saldará con un total de 16 votos a favor y 1 en contra, pronunciándose de esta forma el total de 17 religiosas que formaban la Comunidad.
Fuente: Archivo Diocesano de Córdoba
Transcurrido un mes, el 23 de septiembre de 1912, "vistas las anteriores diligencias y con arreglo a lo que de ellas resulta", la Madre Abadesa del Convento de Jesús de la Columna de Belalcázar obtiene la autorización solicitada por parte del Obispado de Córdoba para dirigir su solicitud al "Excmo. y Rvdmo. Sr. Cardenal Pro-Nuncio de Su Santidad en Madrid, para enajenar los objetos que en las misivas se mencionan", iniciativa que además apoya el Obispado por "considerarla muy útil para la Comunidad, pues con el producto de la venta de objetos que no son necesarios ni prestan utilidad alguna, podrían adquirirse valores públicos cuyas rentas servirían para atender a las necesidades del convento".
Queda identificado así claramente el destino que tomarán estos potenciales ingresos, añadiéndose además en la misiva final enviada al Cardenal una relación de bienes adicional valorados en 13.000 pesetas, que se desglosan como sigue:
1º.- Un cuadro de madera pintado que representa un paso de la pasión del Señor (valorado en 10.000 pesetas),
2º.- Un frontal de cuero pintado (valorado en 2.000 pesetas),
3º.- Otro ídem de seda rameado (valorado en 500 pesetas),
4º.- Nueve cojines de terciopelo en buen estado (valorados en 500 pesetas).
Fuente: Archivo Diocesano de Córdoba
Finalmente, el 4 de octubre de 1912, se recibe la autorización definitiva por parte del Cardenal para la enajenación de dichos bienes y la "inversión de las trece mil pesetas que por los referidos objetos ofrecen en la adquisición de valores públicos en beneficio del Convento". Comunicándoselo así el Obispo de Córdoba a la Madre Abadesa en misiva fechada el 10 de octubre de 1912, donde expresa de forma más detallada la voluntad de invertir este beneficio en "la adquisición de títulos de la Deuda perpetua española al 4 por ciento Interior con el fin de aumentar la renta con que actualmente cuenta la referida Comunidad".
Fuente: Archivo Diocesano de Córdoba
Así, pues, obtenemos evidencia documental de la recaudación de aproximadamente 14.680 pesetas por parte de la comunidad de monjas clarisas de Belalcázar mediante la enajenación de parte de su patrimonio, que según declaraban se correspondía con "objetos bastante deteriorados y completamente inservibles". Hay que considerar que dicha valoración atendía al peritaje original realizado por don Ángel Delgado Delgado, pero que su precio en el mercado bien pudo acabar siendo superior.
No obstante, esta cifra está aún lejos del total invertido por la Comunidad en Deuda perpetua española que hemos conocido, pero sí que nos pone sobre la pista de la clara voluntad de inversión por parte de la Comunidad en dicha categoría de deuda tan popular en aquellos años (1). Conozcamos cuál pudo ser el origen del resto del capital invertido y qué son estos títulos de deuda.
¿Qué es la Deuda perpetua española y cuántos títulos acabó adquiriendo la comunidad religiosa de Belalcázar?
La emisión de deuda perpetua es uno de los métodos de financiación que tenía el Estado para obtener liquidez con la que hacer frente a las necesidades crediticias del momento, especialmente útil para financiar guerras y poder afrontar los gastos corrientes ineludibles tras los dispendios realizados en periodos bélicos.
La deuda perpetua interior que adquirieron las monjas fue aprobada por la llamada 'Ley Camacho', de 29 de mayo de 1882, con un interés del 4% sobre el nominal, refundiendo en ella emisiones anteriores para simplificar los tipos de títulos públicos. Dicha deuda no tenía fecha de vencimiento fijada, lo que significaba que el Estado podía decidir el momento propicio para amortizarla, no siendo recuperable en el corto plazo por el inversor a menos que existiese un mercado para vender los títulos. Para compensar esta incertidumbre, los títulos de deuda estaban remunerados al 4% anual, ofreciendo así una rentabilidad muy interesante que permitiría a la comunidad de monjas, en base a la inversión total realizada según los documentos recuperados, obtener unos intereses de 8.304 pesetas al año –6.643 pesetas netas tras el gravamen del 20% que introdujo la 'reforma de Villaverde' en 1899 (2)–, pudiendo atender con ello el mantenimiento del convento.
Según se extrae del expediente ahora recuperado del Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, la comunidad de monjas del Convento de Santa Clara de la Columna de Belalcázar era poseedora de 63 títulos de Deuda perpetua al 4% interior de las series A a H, lo que totalizaba una inversión en valores del Estado de 207.600 pesetas, según queda detallado en la siguiente relación correspondiente al depósito efectuado ante la sucursal del Banco de España por parte de don Lorenzo de Medina y García, capellán del convento –quien vivía en lo que hoy en día es la casa de oración, situada en las dependencias exteriores del convento, frente a la iglesia–:
La numeración no correlativa de los títulos de deuda nos da muestra de que fueron adquiridos en el mercado de valores, coincidiendo además su relación nominal con los valores oficiales de cada serie emitida por el Estado para esta tipología de deuda, como muestra la siguiente cotización oficial de la bolsa obtenida del propio año 1912 (3), cuando presumiblemente se realizó la inversión por parte de las monjas de las 14.680 pesetas obtenidas por la enajenación de bienes:
Pero entonces, ¿de dónde provenía el resto del capital hasta alcanzar las 207.600 pesetas que finalmente fueron invertidas? Pues bien, cabe recordar aquí el proceso de expropiación de bienes inmuebles y privilegios al que se vio sometido el convento de Santa Clara de la Columna con motivo de la desamortización de Mendizábal en 1836, sobre el que ya hablamos en un artículo anterior, donde publicamos la relación completa de bienes expropiados. La cuestión es que parte de dichos bienes pudieron volver de nuevo a manos de las monjas unos años más tarde gracias al Concordato firmado por el Reino de España con la Santa Sede el 16 de marzo de 1851 (4), en cuyo artículo 35 se acordaba que:
"Se devolverán desde luego y sin demora a las mismas [comunidades religiosas], y en su representación a los Prelados diocesanos en cuyo territorio se hallen los conventos o se hallaban antes de las últimas vicisitudes, los bienes de su pertenencia que están en poder del Gobierno y que no han sido enajenados. Pero teniendo Su Santidad en consideración el estado actual de estos bienes y otras particulares circunstancias, a fin de que con su producto pueda atenderse con más igualdad a los gastos del culto y otros generales, dispone que los Prelados, en nombre de las comunidades religiosas propietarias, procedan inmediatamente y sin demora a la venta de los expresados bienes por medio de subastas públicas hechas en la forma canónica y con intervención de persona nombrada por el Gobierno de S.M. El producto de estas ventas se convertirá en inscripciones intransferibles de la Deuda del Estado del 3 por 100, cuyo capital e intereses se distribuirán entre todos los referidos conventos en proporción de sus necesidades y circunstancias para atender a los gastos indicados [...]".
Esto nos lleva a intuir de forma razonable que se acabasen vendiendo mediante subasta pública varias hazas de tierra que no habían podido ser enajenadas por el Estado durante el proceso desamortizador y que, por lo tanto, fueron recuperadas por la Comunidad tras la firma del Concordato con la Santa Sede, siendo convertidos los ulteriores ingresos por su enajenación en títulos de deuda pública, tal y como dictaminaba la ley vigente.
Una muestra de ello la obtenemos del recorte de prensa adjunto junto a estas líneas, donde se anuncia la venta mediante subasta de dos hazas de tierra pertenecientes al convento de Santa Clara de Belalcázar el día 28 de octubre de 1869 (5).
Una vez conocido el origen de estos fondos y el total de capital invertido por parte de la Comunidad, avancemos en el tiempo para descubrir de qué forma se perdieron.
Cuando los milicianos entraron al convento: Los escalofriantes sucesos del inicio de la contienda y el requisamiento de los títulos de deuda
Los primeros días del inicio de la Guerra fueron algunos de los más cruentos, donde se perpetraron crímenes movidos por el odio y la sinrazón. Testigos de primera mano de aquellos fatídicos días fueron las monjas clarisas del convento de Santa Clara de la Columna de Belalcázar, de quienes disponemos de una sobrecogedora crónica en primera persona realizada por la Madre Abadesa Sor María Guadalupe de los Ángeles Torrero, quien nos narra cómo el día 15 de agosto de 1936, al terminar la Santa Misa, se personaron una serie de individuos armados amenazándolas con darles muerte y profiriendo insultos y exabruptos, los cuales entraron por la fuerza al convento para registrarlo y requisar sus propiedades, entre las que, tal y como explicita la propia Madre Abadesa en su testimonio, se encontraban los referidos títulos de deuda:
"No nos permitieron sacar del convento más que la propia ropa de nuestro uso particular y algunos escasos alimentos, quedando todo lo demás en su poder, incluso los utensilios y objetos del culto divino. Hicieron inventario (6), y nos llamaban para que les dijéramos qué representaban algunos cuadros y el destino de algunos objetos para ellos desconocidos. Nos fuimos a vivir con nuestras familias, y a los pocos días, se presentaron tres sujetos del Comité para que se les entregaran los títulos que formaban el capital de la Comunidad".
Fuente: Revista El Eco Franciscano, número 1.098 (1 de diciembre de 1939).
Las monjas libraron aquel fatídico día gracias a la mediación del capellán de la Comunidad, don Lorenzo de Medina y García, quien parlamentó con la milicia pidiendo que respetaran a las religiosas, remarcándoles que ellas no habían votado en las elecciones por recomendación suya y que, por lo tanto, nada tenían que ver con aquel asunto. Aunque aquel primer contingente de milicianos acabó por mostrar clemencia y les recomendó marchar a sus casas, un segundo camión llegó al día siguiente venido desde fuera y arrestó al capellán, a quien acabaron fusilando junto con los demás sacerdotes del pueblo el día 21 de agosto de 1936.
Apenas unos días más tarde, el 7 de septiembre de 1936, el Comité de Belalcázar vendió parte de esos títulos para obtener liquidez frente a la guerra que comenzaba, tal y como reza la siguiente nota manuscrita elaborada a modo de recibí, que acredita la venta parcial de los títulos de deuda incautados a la comunidad de monjas de Belalcázar, la cual transcribimos a continuación:
"Digo yo, D. Antonio Montenegro, como he recibido del Comité de Belalcázar los veintisiete títulos serie A, importe de trece mil quinientas [pesetas], los diez títulos serie C, importe de cincuenta mil pesetas, que hace un total de sesenta y tres mil quinientas pesetas, comprado por un cheque de cincuenta mil pesetas. Fuente Obejuna a 7 de septiembre de 1936."
Fuente: Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo (Sevilla)
Se desprendieron así los milicianos de dos series de títulos, aunque solo cobraron el valor de una de ellas (los de la serie C por 50.000 pesetas), desconociendo el motivo por el que entregaron también los de la serie A por 13.500 pesetas, lo cual podríamos interpretar como un intento de compensación para con quien los adquirió de forma forzosa, tal y como a continuación conoceremos, según su propio testimonio.
De cómo los títulos de deuda de las monjas acabaron en manos del General Queipo de Llano
La historia prosigue y, apenas un mes más tarde, aparece en escena el General Gonzalo Queipo de Llano, uno de los cabecillas del pronunciamiento militar, considerado por diversos historiadores como uno de los mayores criminales de guerra de la contienda, responsable directo de la muerte de más de 14.000 personas por represión militar solo en la provincia de Sevilla e instigador de otras muchas atrocidades (7).
El 20 de octubre de 1936, se reúnen en Sevilla el General Queipo de Llano y el abogado de Antonio Montenegro Morillo –el vecino de Fuente Obejuna, perteneciente a una de las familias más potentadas y notables de la localidad, a quien se le habían vendido los títulos de deuda perpetua de las clarisas de Belalcázar–, quien testifica que era poseedor de "sesenta y tres mil quinientas pesetas en títulos de la Deuda Perpetua [...], adquiridos por un valor efectivo de cincuenta mil pesetas, que unos milicianos exigieron al Sr. Montenegro a cambio de dichos títulos para salvar la vida del sobrino de dicho señor, D. Dionisio Morillo Caballero, ignorando la forma y modo porque los milicianos adquirieron dicho papel de la Deuda Perpetua".
Continúa el acta de la reunión diciendo que "Don Antonio Montenegro Morillo [...], cede las sesenta y tres mil pesetas nominales de título de la Deuda Perpetua [...] al Excmo. Sr. General Jefe de la 2ª División Orgánica Don Gonzalo Queipo de Llano, para que con los mismos proceda con amplia libertad de criterio y sin limitación alguna a restituir dichos títulos a sus legítimos propietarios, si lo reclamasen y hubieran sido robados por los milicianos de Fuente Obejuna o por cualquier otro revolucionario y, si resultasen de la legítima propiedad del Sr. Montenegro, pasen a pleno dominio del Excmo. Sr. General Jefe para con su importe cooperar a los gastos de guerra y la reconstrucción del Tesoro Nacional".
Fuente: Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo (Sevilla)
Acababan así en manos del General Queipo de Llano parte de los títulos incautados a la comunidad de monjas clarisas de Belalcázar, aquellos que habían sido vendidos apenas mes y medio antes con un valor nominal de 63.500 pesetas a un precio de 50.000 pesetas, y lo hacían para contribuir al alzamiento y cooperar con los gastos de guerra del bando nacional, según reza la donación realizada.
Ahora bien, dicha donación tenía el claro condicionante de solo aplicar en caso de no poder restituirse los títulos a sus legítimos propietarios, en tanto que estos no los reclamasen o no pudiera darse con su paradero, lo cual, como descubriremos a continuación, no fue para nada lo que ocurrió.
Los interrogatorios de la Guardia Civil que dieron con la pista sobre el paradero de los títulos una vez acabada la Guerra
Acaba la trágica contienda. El bando nacional se hace con la victoria, dando comienzo a las investigaciones y reclamaciones oficiales de aquellos bienes sustraídos durante la guerra. En Hinojosa del Duque, la Guardia Civil realiza una serie de interrogatorios a algunos presos de Belalcázar allí encerrados para conseguir información acerca del paradero de unas alhajas de la Virgen de la Alcantarilla desaparecidas. No obstante, de lo que acaba obteniendo información es del paradero de los títulos de deuda perpetua requisados a las monjas clarisas de Belalcázar.
En el atestado, fechado el 21 de febrero de 1940, el preso Manuel P., testifica que "por manos de Gabriel A., recibió doscientas siete mil pesetas en papel del Estado, y que el Presidente del Comité Francisco M., Antero P. y Feliciano G., recibió del declarante sesenta mil pesetas en el mismo papel del Estado, y estos se lo entregaron a Don Antonio Montenegro de Fuente Obejuna, según podrá entregar el comprobante de dicha entrega, y que las restantes pesetas en dicho papel, o sea, ciento cuarenta y siete mil pesetas, las tiene su esposa, haciendo constar que las referidas sesenta mil pesetas fueron conmutadas por cincuenta mil, que ingresaron en el Banco Español de Crédito a nombre del Ayuntamiento de Belalcázar".
Presentamos a continuación el atestado completo elaborado por la Guardia Civil, aunque preservando la identidad y datos personales de los declarantes y testigos:
Fuente: Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo (Sevilla)
En virtud de dicha declaración, la Guardia Civil se persona en el domicilio de Manuel P. en Belalcázar para proceder a su registro. Una vez allí, su mujer, Dolores M., en base a los requerimientos hechos por la benemérita, presenta los títulos de deuda citados, además del comprobante de la venta realizada al Sr. Montenegro, dando con ello completa validez al testimonio de su marido. Del recuento de títulos entregados se extrae la siguiente composición, que totaliza 144.100 pesetas:
Serie E - 3 títulos de 25.000 pesetas (nº 12.782 a 12.784). Faltándole 21 cupones a cada uno por valor de 250 pesetas cada uno.
Serie D - 4 títulos de 12.500 pesetas (nº 17.995 a 17.998). Faltándole 21 cupones a cada uno por valor de 125 pesetas cada uno.
Serie B - 7 títulos de 2.500 pesetas (nº 58.256 a 58.262). Faltándole 21 cupones a cada uno por valor de 25 pesetas cada uno.
Serie H - 4 títulos de 200 pesetas (nº 27.251 a 27.254). Faltándole 21 cupones a cada uno por valor de 2 pesetas cada uno.
Serie G - 8 títulos de 100 pesetas (nº 34.434 a 34.441). Faltándole 21 cupones a cada uno por valor de 1 peseta cada uno.
De añadir los títulos de las series A y C vendidos al Sr. Montenegro, se obtiene la composición completa, que alcanza las 207.600 pesetas incautadas a la comunidad de religiosas del convento de Santa Clara de la Columna de Belalcázar y que formaban la totalidad de su capital:
Si nos fijamos en la numeración de los títulos, podemos comprobar que no coinciden con los anteriormente relacionados en el depósito efectuado años antes por el capellán ante la sucursal del Banco de España. Ahora los números ya sí son correlativos, lo que nos indica que fueron fruto de una conversión por nuevos títulos de deuda perpetua al 4% interior emitidos en 1930, los cuales fueron emitidos por el Estado para canjear los títulos de la deuda perpetua anterior, cuyo cuponaje se agotaba ya por esas fechas.
Por otro lado, los 21 cupones que les faltaban a los títulos también nos dan certidumbre sobre esta conversión, ya que implica que se habían cobrado los intereses durante 21 trimestres, lo que coincide con el periodo transcurrido entre la fecha de emisión de los títulos el 16 de mayo de 1930 y el inicio de la Guerra Civil. Igualmente, nos certifica también que, pese a que los títulos eran "al portador", los intereses no fueron cobrados por las personas en cuyas manos recayeron; entre otras cosas porque el Decreto de 7 de agosto de 1939 (8), en su artículo 4º, apartado K, estipulaba que estaban obligados a "acreditar la legítima posesión [de los títulos] con anterioridad al 18 de julio de 1936".
El reconocimiento de los títulos de deuda por parte de las monjas y su denuncia ante Hacienda de aquellos no recuperados
Una vez recuperados los títulos e identificada su procedencia mediante los testimonios obtenidos a través de los interrogatorios y registros efectuados por la Guardia Civil, el día 5 de marzo de 1940, en Belalcázar, personadas ante el juez la Madre Abadesa Sor María Guadalupe de los Ángeles Torrero Jurado y Sor María de las Mercedes García de Medina, manifiestan "reconocer como propiedad de la Comunidad los Títulos de Deuda Perpetua al 4% Interior que por el señor Juez se les exhibe".
Se firma, pues, una diligencia de entrega por la cual el Sr. Juez "hace entrega a la Reverenda Madre Sor María Guadalupe de los Ángeles Torrero Jurado, Abadesa de la Comunidad de las Clarisas de esta villa [...], de ciento cuarenta y cuatro mil cien pesetas en papel de Estado [...], y que juntamente con el importe de las sesenta y tres mil pesetas entregadas por el Comité Rojo de este pueblo a Don Antonio Montenegro a cambio de un cheque de cincuenta mil pesetas, forman un total de doscientas siete mil seiscientas pesetas, que era todo el caudal de esta clase de elementos de su Comunidad".
Fuente: Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo (Sevilla)
Obtenemos evidencia así, a través del presente documento, que las monjas recuperaron un 70% de su patrimonio el año 1940. No obstante, sobre la parte restante, las monjas tan solo obtuvieron la pista de su venta a Antonio Montenegro, vecino de Fuente Obejuna, con quien seguramente no pudieran llegar a contactar, ya que sabemos que murió al poco de acabar la guerra (9), y que además lo hizo sin descendientes, por lo que tampoco debieron conseguir indicio de quién pudiera haber recibido dichos títulos en herencia.
Por este motivo, las monjas, dando por perdidas las 63.500 pesetas faltantes, pusieron dos denuncias ante la Delegación de Hacienda de Córdoba de la mano de su entonces abadesa Sor Francisca de la Cruz de Medina Cid, para denunciar la desaparición de los títulos de deuda perpetua al 4% no recuperados; una primera el 19 de julio de 1941 (10) y otra el 3 de septiembre de 1941 (11), tal y como reflejó el BOE de la época y podemos constatar a continuación:
Fuente: Boletín Oficial del Estado
Como es de suponer, las monjas no tuvieron acceso a los documentos que la presente investigación saca hoy a la luz, por lo que, hasta este mismo instante, nunca conocieron que el auténtico paradero de los títulos faltantes fueron las manos del General Queipo de Llano, tal y como ahora hemos descubierto y ha quedado certificado a través de la labor de investigación realizada y los expedientes rescatados.
Conclusión: La gran riqueza de un convento que se diluyó con el tiempo
Quien se aproxima a la historia de este convento puede intuir cómo, desde su fundación, ha conservado ciertas peculiaridades que le han conferido una singularidad especial. Fundado en 1476 por doña Elvira de Zuñiga, viuda de don Alfonso de Sotomayor, mujer fuerte y de profundas convicciones religiosas que lideró durante dos décadas el condado de Belalcázar, el convento fue construido con fasto y grandeza para su hijo primogénito, aunque acabaría por albergar en él a varias generaciones de esta esta noble y poderosa familia, de la que no pocos integrantes acabaron por tomar el hábito para iniciar vida monástica.
El monasterio buscó desde el inicio el mayor rigor religioso, y en base a ello, se buscó el apoyo de la mejor Provincia por entonces, la de Santoyo; más tarde, persiguió con insistencia su incorporación a la Provincia de los Ángeles, fundada por Fray Juan de la Puebla, hijo primogénito de doña Elvira, de carácter reformista y que alcanzó también grandes cotas de poder. Pero lo más curioso es que esta fundación no se acogiera a la Regla de Santa Clara sino a la Regla de Urbano IV, ya que si se hubiesen acogido a la primera, como parecería lo más coherente, no hubieran podido tener posesiones ni individualmente ni en común –cuando estas constituían el sostén de las hermanas y del convento–, mientras que la de Urbano IV no les permitía tener posesiones individualmente, pero sí en común. Esto, probablemente, debemos interpretarlo como un signo más de la suntuosidad del convento y su dificultad para mantenerlo.
De todo lo anterior podemos intuir, pues, que esta fue una comunidad que desde su origen quiso vivir el espíritu de la reforma descalza, aunque de una manera peculiar, donde el voto de pobreza y la tradicional austeridad características de esta Orden tuvieron que convivir con la opulencia del entorno donde vivían. Así, la gestión del patrimonio y la riqueza del convento fue una característica propia del mismo desde su fundación; incluso se podría decir que con el paso de los siglos se tornó en una necesidad para su propia subsistencia. De esta forma, se comprende la venta de patrimonio, la inversión en títulos de deuda y la importancia que tuvo este capital para las monjas, ya que prácticamente dependían de él para obtener unas rentas regulares con las que poder afrontar los gastos del convento.
Pero llegó la guerra y, como en tantos otros aspectos de la vida, trastocó completamente la situación. Cuando acabó la misma, la Comunidad se encontró sin nada. Bien es cierto que al poco tiempo consiguió recuperar la mayor parte de sus títulos, como hemos demostrado, pero para entonces la inversión ya se había devaluado enormemente con motivo del notable proceso inflacionista ocurrido en la economía española, fruto tanto de la propia guerra nacional como de las posteriores tensiones ocurridas en Europa durante la II Guerra Mundial. Así, que lo que en su día pudiera parecer una fortuna, ya no lo era tanto.
Lo que ocurrió después con los títulos recuperados lo desconocemos. Puede que la Comunidad los vendiera inmediatamente en el mercado de valores para recuperar el capital invertido y afrontar las imperiosas necesidades de reconstrucción del convento, puede que los mantuvieran durante un tiempo y siguieran cobrando sus intereses hasta su amortización obligada por parte del Estado, puede que los canjearan en posteriores emisiones y todavía mantengan en su poder títulos equivalentes de deuda pública, o puede incluso que, tal vez, el conocimiento de su existencia se diluyera en el tiempo –o fuese a parar a manos inapropiadas– y, con ello, se perdiera para siempre la totalidad del capital acumulado por la Comunidad.
La realidad es que si dichos títulos no se canjearon a tiempo, ahora carecerían de valor alguno, ya que por Orden Ministerial de 2 de febrero de 1951, los títulos de la deuda perpetua interior al 4% emitidos en 1930 y 1944, tenían que canjearse por la nueva emisión realizada a finales de ese año, considerándose los anteriores "retirados de circulación y sustituidos por los de la emisión de 1º de octubre de 1951", no admitiéndose además a canje "ningún título de la emisión de 16 de mayo de 1930 sin que aparezca justificada la legítima pertenencia" (12).
De lo que sí tenemos plena certeza por las denuncias interpuestas, es de que las monjas no lograron recuperar los títulos de deuda por valor de 63.500 pesetas que suponían aproximadamente un 30% de su capital y que, en el año 1936, acabaron en manos del General Queipo de Llano. La incógnita que se abre ahora es si, de haberse destinado efectivamente ese dinero a la reconstrucción del Tesoro Nacional, como era deseo expreso del donante, ¿tendría el Estado una deuda con la Comunidad de monjas clarisas de Belalcázar por esas 63.500 pesetas apropiadas indebidamente y sus intereses legales generados desde el año 1936? Según una demanda del despacho de abogados del exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, presentada en 2016, en la cual se reclama la devolución del 'dinero rojo' incautado por Franco a más de 100 familias:
"El monto total del dinero republicano confiscado durante la Guerra Civil por el ejército de Franco ascendió, según consta en el informe del Banco de España de fecha 11 de marzo de 1938, a 35.047.500 pesetas. El valor actualizado más los intereses de una peseta de entonces equivaldría aproximadamente a 86,24 euros, por lo que el valor del dinero del que se apropió el gobierno de la zona nacional sería ahora de unos 3.022.496.400 euros, según los demandantes." (13)
Atendiendo a esta valoración realizada por la reclamación judicial presentada ante el Tribunal Supremo, y que se basa en un concepto de origen similar al que nos incumbe, la deuda que podrían reclamar ahora las monjas del convento de Santa Clara de la Columna al Estado alcanzaría los 5,5 millones de euros, aplicando la misma regla de conversión. Una cifra nada desdeñable por la que, desde la asociación cultural Turdulia, animamos a la comunidad clarisa de Belalcázar a continuar indagando y realizar las consultas jurídicas que consideren pertinentes.
¿Permitirá esta investigación abrir un proceso de reclamación formal por parte de la actual comunidad de monjas contra el Estado que le permita recuperar la parte de su capital sustraído? Será esta una cuestión que solo el tiempo y la voluntad de quienes esto lean por continuar investigando podrá solventar.
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